El Ayuntamiento de Torvizcón, como en años anteriores, desea llevar a cabo la contratación laboral de un socorrista acuático que desarrollará su labor en la temporada de verano de 2018, en la piscina municipal de Torvizcón.
Para ello se ha de abrir un periodo de oferta de la plaza, para que todas aquellas personas que tengan interés en optar a la contratación puedan presentar su petición acompañada por los currículos, tal y como se describe en las bases establecidas por este Ayuntamiento de Torvizcón.
En consecuencia, incóese el expediente de contratación. Redáctense las Bases que regirán la valoración de los posibles candidatos y publíquense en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento para conocimiento de todos aquellos interesados en la contratación.
Los interesados en optar a dicha contratación podrán presentar su petición en este Ayuntamiento, a partir del día 6 de junio, y hasta el 15 del mismo mes, de acuerdo con las citadas bases.
BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN SOCORRISTA PARA LA PISCINA MUNICIPAL DE TORVIZCÓN (Granada). TEMPORADA DE VERANO 2018.
1º.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases la regulación del procedimiento para la selección de un Socorrista para la piscina municipal de Torvizcón (Granada) para la temporada estival de 2018.
2.- CENTRO DE TRABAJO. Se ubicará en las instalaciones de la piscina municipal de Torvizcón, en el Haza González.
3º.- FUNCIONES. Las funciones del socorrista serán las propias de seguridad, prevención y salvamento acuático y la de velar por el uso adecuado de la instalación de las piscinas. Tales cometidos o funciones se concretan en la siguiente forma:
- Velar en todo momento por la seguridad de los usuarios de la piscina.
- Salvamento y aplicación de primeros auxilios en caso de accidente, responsabilizándose del mantenimiento completo y en condiciones del botiquín de la piscina.
- Encargarse del mantenimiento y vigilancia del vaso de la piscina y de las condiciones de seguridad e higiene del recinto de la misma.
- Cuidar del comportamiento de los usuarios, tanto en el vaso, como fuera de él, de conformidad con la normativa sanitaria vigente y el reglamento interno de funcionamiento.
- Realizar el mantenimiento y control químico del agua.
- Mantenimiento de la limpieza del vaso y playa de la piscina durante su uso.
- Anotación y registro de los controles oportunos en los libros correspondientes.
- Todas aquellas funciones relacionadas con el puesto, que se encomienden por los responsables municipales.
4º.- TIPO Y CARACTERÍSTAS DEL CONTRATO. Con la persona seleccionada se firmará un contrato laboral de carácter temporal de obra o servicio, a tiempo completo. La duración del mismo se extenderá desde el día 1 de julio al 31 de agosto de 2018.
5º.- REMUNERACIÓN. El sueldo bruto mensual será de 1.350 Euros.
6º.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos para la presentación de la instancia:
- Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país de la Unión Europea o de
otro estado en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
de la Función Pública.
- Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Tener la capacidad funcional necesaria para el desarrollo de las tareas.
- Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
Socorrista acuático debidamente actualizado y expedido por la Federación de Sal-
vamento y Socorrismo.
Socorrista acuático debidamente actualizado y expedido por la Cruz Roja.
Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (TAFAD) ex-
pedido por la Administración Educativa.
- Titulación mínima académica de E.S.O. o equivalente.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier
Administración Pública, de Comunidades Autónomas o E. Locales, ni estar inhabili-
tado para funciones similares por separación del servicio.
- No hallarse en causa de incapacidad o incompatibilidad, a la toma de posesión.
7º.- INSTANCIAS. Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá al Sr. Alcalde de este Ayuntamiento durante un plazo de ocho días contados a partir del siguiente a la publicación de las bases en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. En tales instancias se declarará que se cumplen todas y cada una de las condiciones exigidas. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en Plaza del Ayuntamiento nº 1, de Torvizcón en horas de oficina y en el plazo señalado.
8º.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, lista que se hará pública, junto con la composición del Tribunal calificador y el lugar, fecha y hora de comienzo del proceso selectivo en el T. de Anuncios.
Se otorgará un plazo de tres días a efectos de posibles reclamaciones o subsanación de deficiencias, siendo la publicación la determinante para el inicio de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
No serán subsanables las solicitudes y documentación complementaria que se presente fuera del mencionado plazo. Tales reclamaciones, si las hubiere, serán rechazadas o aceptadas en la Resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes que habrán de publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
La lista provisional se entenderá elevada a definitiva, sin necesidad de publicación, si no se presentan reclamaciones a la misma en el plazo legalmente establecido para ello.
9º.- PUBLICIDAD. La publicidad de la convocatoria se efectuará en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torvizcón.
10º.- TRIBUNAL DE VALORACIÓN. El Alcalde designará un TRIBUNAL DE VALORACIÓN, mediante Resolución, que se integrará por los siguientes señores:
- Presidente: Empleado público de la misma o superior categoría.
- Vocales: Cuatro empleados públicos de la misma o superior categoría.
- Secretario: el Secretario General del Ayuntamiento de Torvizcón o funcionario en
quien delegue.
TRIBUNAL DE VALORACIÓN: No podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, titulares.
Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Igualmente, los aspirantes podrán recusarlos.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, a excepción del Secretario, que tendrá solamente voz, debiendo actuar como mínimo con la presencia de tres de sus integrantes, sean titulares o suplentes.
11º.- COMIENZO Y DESARROLLO DEL PROCESO. El orden en que habrán de actuar los aspirantes será determinado por el Tribunal. Si en cualquier momento del proceso de selección, llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su expulsión al Presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por dicho aspirante en la solicitud de admisión al concurso-oposición. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor y debidamente valorado por el Tribunal.
12º.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CALIFICACIÓN.
SELECCIÓN: Se llevará a cabo mediante una valoración de méritos y una entrevista personal.
Valoración de Méritos:
Por titulación específica oficial que capacite para actividades deportivas: 0,50 puntos.
Por desempeño de puesto de Socorrista u otras actividades deportivas: 0,10 puntos por mes de trabajo, hasta un máximo de 5 puntos. (Los periodos de tiempo superiores a quince días y que no completen los treinta se computarán como mes completo. En caso contrario no se computarán).
La experiencia en Administración Pública se acreditará con certificación que especificará los meses y días y el puesto desempeñado.
La experiencia en entidades privadas se acreditará con fotocopia compulsada del contrato de trabajo y prórrogas, si las hubiere, o vida laboral.
Entrevista:
Seguidamente se celebrará una entrevista personal que tendrá carácter eliminatorio y cuya valoración será de 5 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 2,5 puntos para superarla.
CALIFICACIÓN: La fase de concurso será previa, y no tendrá carácter eliminatorio. La calificación de la entrevista se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal que tengan voto, dividiendo el total por el número de asistentes. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la entrevista.
13º.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y TOMA DE POSESIÓN.
PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, precisándose que los aspirantes seleccionados son aquellos que han logrado una puntuación más alta, no pudiendo rebasar éstos, el número de plazas convocadas y sin que quepa asignar, en ningún caso, la calificación de aprobado sin plaza u otra semejante, elevando dicha relación a la Alcaldía para que formule la correspondiente propuesta de nombramiento.
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: Los aspirantes propuestos para su nombramiento presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento de Torvizcón los documentos siguientes:
- Declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de algunas de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones públicas.
- Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones a desempeñar.
- Si se ha aportado el Título señalado en la Base 6ª
- Documento que acredite la licencia federativa actualizada de Socorrista.
TOMA DE POSESIÓN: Si dentro del plazo indicado y salvo causa de fuerza mayor los aspirantes propuestos no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos en estas bases, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, y sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.
En todo caso, efectuado el nombramiento por el Alcalde, el aspirante nombrado deberá tomar posesión de su cargo el día 1 de julio de 2018, fecha en que está prevista la apertura de la piscina, formalizándose en contrato laboral. Si no se tomara posesión para la fecha indicada, sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.
Se formará una Bolsa de Empleo con los candidatos ordenados por puntuación obtenida en el proceso selectivo realizado. Este listado podrá utilizarse en caso de no incorporación del seleccionado.
14º.- RECURSOS.
La presente convocatoria unitaria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de del Sector Público.
DILIGENCIA: La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que las presentes bases han sido aprobadas por Decreto de la Alcaldía de fecha 30 de mayo de 2018.
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Este proyecto ha sido incentivado por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía. ORDEN 23 de Junio de 2008.